Bancos

En España, para cobrar la pensión de jubilación, es obligatorio tener una cuenta corriente en una Entidad Bancaria. Si es algo a lo que el Sistema de la Seguridad Social, en definitiva el Gobierno, obliga, es totalmente impresentable y roza la ilegalidad, que el Banco cobre una cuota de mantenimiento a un jubilado que, como puede comprobar mejor que nadie (el Banco), verifique que se trata de una cuenta corriente necesaria para el cobro de la pensión.

A la hora de abrir una cuenta en un Banco, todo son buenas palabras. La mayoría de las entidades te dicen que, domiciliando la pensión y un número determinado de recibos, no te cobrarán mantenimiento, pero al final todo cambia. Suele ocurrir que se reciba una carta o e-mail de nuestro Banco, en la se nos comunica que a partir de una determinada fecha nos cobrarán una cuota de mantenimiento, en el caso de que no nos opongamos a ello en un determinado plazo. Evidentemente es imposible oponerse, ya que, si lo hacemos, nos cancelarán la cuenta, con el consiguiente problema para cobrar la pensión. Esto tiene un nombre que no podemos reproducir aquí, pues ni pretendemos utilizar lenguaje malsonante ni, por supuesto, acusar a nadie. Pero existir, existe.

Existen algunas Entidades Bancarias que operan exclusivamente Online (a través de Internet) y que no cobran mantenimiento, pero la mayoría no aceptan domiciliación de pensiones. Por supuesto, aunque existan este tipo de Entidades, al jubilado, en general, le gusta tener una Entidad Bancaria que tenga Oficinas, en las que pueda realizar las gestiones necesarias directamente de forma presencial.

Esta Asamblea, AJUBES.COM, tiene como misión próxima y de máxima prioridad e importancia, acabar con este tipo de prácticas bancarias en el caso de los jubilados o, en su caso, poder cobrar la pensión sin necesidad de poseer una cuenta bancaria.

Una de las ideas que proponemos es la de que, en distintas Entidades Bancarias existan unas cuentas especiales en las que cualquier jubilado que no tenga una cuenta corriente, simplemente presentando su documentación pertinente, pueda cobrar su pensión en efectivo. Esto es especialmente importante en las pensiones de pequeña cuantía, de cuyo importe dispone cualquier jubilado desde el momento que actualmente se ingresa en su cuenta corriente.

Para lograr este objetivo o cualquier otro, es imprescindible que existan un número importante de jubilados que lo soliciten. Simplemente háganos llegar un correo electrónico, en el que figuren sus datos y su firma. El texto podría ser parecido a lo siguiente:

Su nombre y apellidos, con DNI (su número), jubilado desde (fecha), SOLICITA una de las 2 opciones siguientes: 1)-Poder cobrar mi pensión en efectivo en una Entidad Bancaria sin poseer cuenta corriente, simplemente con mi DNI, ó 2)-Suprimir todos los costos de mantenimiento de una cuenta corriente cuyo titular sea un jubilado.

Acabaría el mencionado texto con la fecha, ciudad y firma del interesado.

Este documento puede ser enviado a:

jubilados @ ajubes.com